CONCEDE AUTORIZACIÓN SUFICIENTE a la ciudadana MARISELA GLORIA MASCI GARCIA, ya identificado, para Separase del Hogar común que mantiene con su cónyuge, en un lapso de cien (100) días, contados a partir de la presente fecha, debiendo residenciarse en la calle 4 entre carreras 2 y 3 casa N° 2-88 Barrio Santa Isabel, en beneficio y protección de sus hijos Identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la Lopna, todos identificados Se deja a salvo el derecho que tiene el padre de visitar a su hijo en procura de su desarrollo psíquico y emocional, procurando el mantenimiento de relaciones armoniosas con la cónyuge, así como el deber establecido en el mismo libelo de solicitud de cumplir cabalmente con la pensión alimentaria, más los gastos que su hijo requiera por concepto de vivienda, calzado, medicinas, servicio odontológico y educación