este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 217 y 232 del Código Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, para que proceda a insertar el presente auto homologatorio en el Libro de Nacimientos del corriente año, de tal manera que haga las veces de Acta de Nacimiento de la ciudadana YUSMERY KARINA TORRES CORDERO, nacida en fecha 12 de Abril de 1982, en el Hospital Central Universitario Antonio Maria Pineda, de la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, hija de ZORAIDA COROMOTO CORDERO y GEREMIAS ANTONIO TORRES MARTINEZ, ya identificados.- *bp*