DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 7 de marzo de 2024, por la Abogada AIDELINA JOSEFA OMAÑA ROMERO, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MERCEDES BETANCOURT VILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.068.715; e INADMISIBLES las pruebas documentales ofrecidas, al no señalarse la utilidad, pertinencia y necesidad de las mismas; y SEGUNDO: Se declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 7 de marzo de 2024, por la Abogada KARELY DEL VALLE MÁRQUEZ GARCÍA, en su condición de Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Décima del Ministerio Público con Competencia para Intervenir en Fases Intermedia y Juicio Oral del Prim.....