Con fundamento en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley OTORGA al penado: VICTOR JULIO URDANETA, titular de la cédula de identidad Nro. 5.263.293, PERMISO extraordinario de 96 horas, semanales a cumplir en el siguiente domicilio: Carrera 14 con Calle 24 detrás del Edificio Nacional casa S/n. color blanca de rejas negras, residencia de la Ciudadana YACKELIN PIÑA, en Barquisimeto, Estado Lara, imponiéndosele las siguientes condiciones: 1) No cambiar de domicilio sin autorización del Tribunal. 2)Evitar el consumo de bebidas alcohólicas y abstenerse bajo ninguna circunstancia de consumir o frecuentar sitios o personas relacionadas que consuman Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, no portar ningún tipo de arma, abstenerse de permanecer en horas de la noche fuer.....