Por los motivos expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN N° 1, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: REVOCA LA FORMULA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE PENA (RÉGIMEN ABIERTO) que le fuere otorgado al penado GUYIERREZ MEDINA EMILIO ANTONIO, venezolano, soltero, alfabeto, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 05/08/ 1962, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.082.535, residenciado en el barrio 5 de Diciembre Acarigua Estado Portuguesa o en Villa Pastora 2 Avenida 36 calle 35 Vereda 1 N° 11 Acarigua casa de la señora Diodilia del Carmen Medina, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, líbrese orden de aprehensión a los órganos policiales del Estado Portuguesa a los fines de que sea aprehendido y trasladado a la mayor brevedad hasta la sede del Centro Penitenci.....