Con las presentes operaciones realizadas queda en consecuencia actualizado el nuevo cómputo de pena, dictado contra el penado SAUL ANTONIO PARRAGA BRIÑEZ, de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.561.892, natural de Santa Bárbara del Zulia, Estado Zulia, nacido en fecha 26 de mayo de 1957, de estado civil soltero, de ocupación agricultor, residenciado en el Sector El Morralito, Parcelamiento Las Latas, casa s/n, Santa Bárbara, Estado Zulia, y actualmente recluido en el Centro Penitenciario de los llanos Occidentales de este estado, se acuerda remitir copia certificada del presente auto a la Dirección de Prisiones; División de Antecedentes Penales; Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso y Departamento de Ejecución y Sanciones Penales del Ministerio para el Poder Popular de Interiores y Justicia y al Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales. Se acuerda el traslado del penado a los fines de la notificación de la presente decisión.