Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación, interpuesto por la Abogada Lilian Yulimar Castillo Muñoz, actuando en su condición de Defensora Publica de la ciudadana EXER JAVIER TERAN GUEDEZ; de la decisión dictada en fecha 20 de Abril de 2016 y publicado sus fundamentos en extensos en fecha 09 de Mayo de 2016, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional, niega la solicitud de revisión de medida y mantiene la medida privativa de libertad al ciudadano EXER JAVIER TERAN GUEDEZ en el asunto principal signado con el Nº KP01-R-2016-000220, por no cumplir con los presupuestos del Artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y .....