En consecuencia ofíciese lo conducente al Cuerpo de Investigación Penal a objeto de que proceda a la incineración de las evidencias antes señaladas para el cumplimiento de lo aquí ordenado, así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Notifíquese a las partes y líbrese oficio. Cúmplase.
La Juez de Ejecución N° 1
Abg. Carmen Zoraida Vargas López
La Secretaria,
Abg. Reina Rangel
Seguidamente se cumplió. Conste.
La Secretaria,
CAUSA E1-872-05