DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en Lo Civil, Mercantil Y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: se declara INEXISTENTE la inhibición planteada, en fecha nueve (09) de mayo del 2022 por el abogado Hilarión Antonio Riera Ballestero, en su condición de Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto signado con la nomenclatura KP02-V-2022-000622, contentiva del juicio por cumplimiento de contrato, incoado por la ciudadana Digna Pastora Páez Oviedo, actuando en su carácter de presidente y representante legal de la empresa SUPER CAFÉ EXPRESS, C.A. contra la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA CONADA, C.A., en la persona de su presidente y representante legal ciudadana ELAHAMABBOUD DE ABOU ARRAGE.....