Se decreta Medida Cautelar Susitutiva de libertad, consistente en presentación cada quince días, de conformidad con el artículo 256, ordinal tercero del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los imputados JORGE RAFAEL MARQUEZ Y EDUARDO ESCALONA, por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.