En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:”La Entrega Material del Inmueble constituido por una vivienda distinguida con el No 14, ubicado en la vereda 2, sector 8, urbanización Baraure de la ciudad de Araure Estado Portuguesa, libre de bienes y personas, a la apoderada actora Abogada Maraby García La Rosa, antes identificado,quien estando presente expone: “Recibo conforme el inmueble antes identificado libre de bienes y persona, “Es todo. El Tribunal da por cumplida su misión y resuelve volver a su sede siendo las 12:05 AM. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.