En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la demanda de desalojo de inmueble, incoada por el ciudadano NG WING SHING, contra el ciudadano ADEL KAROONI BARD, ambos identificados.
En consecuencia, se condena al demandado a entregar al demandante el identificado inmueble, libre de personas y bienes, y a cancelarle las siguientes cantidades: A) Trece Mil Ochocientos Bolívares (Bs. 13.800,oo), equivalente a Trece Bolívares Fuertes con Ochenta Céntimos (Bs. F 13,80), por concepto de cánones de arrendamiento adeudados al año 2005 y B) Los cánones de arrendamientos impagados, contados a partir del mes de Febrero de 2009 y hasta que quede definitivamente firme el presente fallo. Sobre .....