DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la reclamación de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el ciudadano ALBINO ROCENDO PATIÑO NIEVES, titular de la cédula de identidad N° 9.316.708, contra la demandada HALSECA, ASESORES DE SEGURIDAD, inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito capital y estado Miranda, bajo el N° 43, Tomo 26-A, A-SGDO, de fecha 15/07/1991, representada por el ciudadano JULIO BANGO JIMENEZ, titular de la cedula de identidad Nº 10.538.273.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada: HALSECA, ASESORES DE SEGURIDAD, inscrita por ante por ante el Registro Mercantil II de .....