Concurridas así las circunstancias determinadas en los artículos 488 del Código Orgánico Procesal Penal y 67 de la Ley de Régimen Penitenciario, en virtud de habérsele extinguido una cuarta parte de la pena que le fuere impuesta y habiendo reunido los requisitos exigidos para optar el beneficio y observando progresividad conductual que lo hace acreedor del mismo, poniendo en relieve su espíritu de trabajo y su sentido de responsabilidad, familiar y social. En consecuencia este Tribunal, en el MARCO DEL OPERATIVO PLAN CAYAPA en realizado en el Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales, OTORGA al penado GERSON ANTONIO ESCALONA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.882.719, venezolano, mayor de edad, natural de esta ciudad, nacido en fecha 26-04-1981, con residencia en el Barrio Maturín, calle 6, entre carreras 7 y 8, casa S/N, Guanare Estado Portuguesa, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales, beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO por haber .....