este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara HA LUGAR EN DERECHO la PRESUNCIÓN DE AUSENCIA propuesta por los solicitantes ciudadanos BENIGNA DE RICES FREITEZ DE RODRIGUEZ, DARWIN HENRY RODRIGUEZ FREITEZ, DOUGLAS HONORIO RODRIGUEZ FREITEZ y MADELINY YRAKARA RODRIGUEZ FREITEZ, todos previamente identificados.