Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CONVERTIDA EN DIVORCIO la solicitud de Separación de Cuerpos, efectuada por los ciudadanos Víctor Rafael Andrade García y Agniell Andreina Perez Azuaje ya identificados; decretada por este mismo Órgano Jurisdiccional, el día dieciocho (18) de Julio del dos mil dieciséis, según lo establecido en el Artículo 189 del Código Civil. En consecuencia, de conformidad con lo pautado en el Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha once (11) de Octubre de dos mil doce, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Portuguesa, tal como se evidencia del Acta Nº 71.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y f.....