IX
DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la tacha propuesta por la representación judicial de la parte demandante y Parcialmente Con Lugar la demanda intentada por el ciudadano JESUS RAMON ESCORCHA, titular de la cedula de identidad N° 10.140.850 contra de la Sociedad Mercantil SERENOS YARACUY C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el N° 65, Tomo N° 4-A., y en consecuencia se condena a esta ultima al pago de LO SIGUIENTE:
PRIMERO: Se condena a la parte accionada al pago de la prestación de antigüedad, así como sus intereses, de conformidad con lo previsto en el articulo 108 de la.....