En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y con Competencia Transitoria en del Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la revisión de obligación de manutención, incoada por la ciudadana MARIA DARIELA CARMONA en representación y beneficio de sus hijos SJ e IE, contra el ciudadano ISMAEL RAMÓN TEIXEIRA MEJÍAS, ambos identificados.
En consecuencia, se acuerda la obligación alimentaria a favor de los prenombrados niños, en la suma mensual de Trescientos Bolívares Fuertes (Bs.F 300,oo) y el doble de esta cantidad en los meses de Agosto y Diciembre de cada año; quedando igualmente obligado el demandado, a cancelar el cincuenta por ciento (50 %) del valor de los honorarios médicos y medicinas que ellos requieran.
Se declara sin lug.....