Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la medida cautelar nominada solicitada, en consecuencia, SE DECRETA EL SECUESTRO de la parcela de terreno denominado "Granja Mario" ubicado en sector Sabaneta, Municipio Araure del Estado Portuguesa, bajo los linderos siguientes: NORTE: Terreno ocupado por Isidro Suárez; SUR: Quebrada de Armo; ESTE: Terreno ocupado por Marcelino Alvarado; y OESTE: Calle principal Sabaneta, el cual tiene una superficie aproximada de 19 hectáreas con 0432 M2. Así se decide.-
Igualmente, este Tribunal declara PROCEDENTES las medidas cautelares innominadas. En consecuencia, se acuerda oficiar al Instituto Nacional de Tierras, Oficina Regional Portuguesa, a los fines de que se abstenga de regularizar o .....