Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación de manutención formulada por la ciudadana CORINA DEL CARMEN VILLEGAS BRACAMONTE en nombre de los niños ************************************ contra el ciudadano FELIX FERNANDO FONSECA HERNÁNDEZ, en consecuencia el demandado cancelará la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (BS. 3.000,00) MENSUALES y en los meses de agosto y diciembre la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 6.000,00) , así como el 50% de los gastos de médicos, medicinas, calzado, vestuario y otros gastos que requieran el niño y la niña. El dinero por estos conceptos deberá ser entregado por mensualidades adelantadas, los cinco primeros días de cada mes directamente a la madre previ.....