DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Sección Adolescentes Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Condena al adolescente: ¿, por la comisión del delito LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano:¿, a cumplir la sanción de Libertad Asistida la cual consiste en someterse al cuidado y vigilancia del equipo multidisciplinario medida esta a cumplir por el lapso de Un (1) año de conformidad a lo previsto en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente, la sanción de Reglas de Conducta, correspondientes a no acercarse a la victima ni sus familiares, no consumir bebidas alcohólicas y continuar con sus estudios superiores, medida esta a cumplir por el lapso de Dos .....