DISPOSITIVA.
De lo anteriormente expresado, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley este Tribunal de Juicio Mixto N° 3, POR UNANIMIDAD: ABSUELVE: por aplicación del Principio In Dubio Pro Reo a el ciudadano: Oscar Mejías Vargas, venezolano, de 57 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.243.243, de estado civil Soltero, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido el 22/06/1950, de ocupación Chofer y residenciado en el Barrio Sucre, calle 4, casa N° 3-42 Guanare Estado Portuguesa; por cuanto no se demostró la culpabilidad ni la inculpabilidad del acusado por el delito de Homicidio Culposo; previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal Vigente. SEGUNDO: Se ordena el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad impuesta en su oportunidad procesal. TERCERO: Se exonera al pago de costas procesales al Estado Venezolano, en atención a lo previsto en el artículo 26 y 257 de la Constitución de.....