DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: 1) Con Lugar la apelación intentada por el abogado Jorge Luís Mogollón Mogollón, apoderado judicial de la co demandante ciudadana Ingrid Soledad Chacón Diaz en contra del auto de fecha 28 de noviembre de 2019; y en consecuencia se anula el auto de fecha 25 de noviembre de 2019. 2) Se Confirman los autos de fecha 28 de octubre de 2019 y 7 de noviembre de 2019 dictados por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
No hay condenatoria en costas.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.