Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado THOMAS ALZURU,   en su carácter de apoderado judicial de las partes co-demandadas FUENTE DE SODA  RESTAURANT  CERVECERIA DOÑA CARLOTA C.A. y PANADERIA LA CARLOTA C.A.  contra  sentencia de fecha 13 de diciembre  del año 2010, dictada por el Juzgado Primero  de Primera Instancia de Juicio del  Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa  con sede en Acarigua.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la sentencia de fecha 13 de diciembre  del año 2010, dictada por el Juzgado Primero  de Primera Instancia de Juicio del Circuito  Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS, a las partes co-demandadas-recurrentes, de conformidad con lo .....