DECISIÓN
Por lo antes expuesto este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogada CARMEN COROMOTO MONTILLA DE ANZOLA, apoderada de la parte actora, en contra de la sentencia dictada por Sala de Juicio N°1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 16 de octubre de 2003. En consecuencia, se declara SIN LUGAR LA DECLARATORIA DE NULIDAD DE VENTA CON PACTO DE RETRACTO solicitada por EDILIA MIREYA BUCARELO AZUAJE, en su carácter de tutora ordinaria de JAVIER JOSÉ y PEDRO JOSÉ AGÜERO contra JOSÉ CESAR ARROYO e IRIS COROMOTO DUNO. Se CONDENA en costas a la parte perdidosa de conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedi.....