DISPÓSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , conforme lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta el CESE DE LA SANCIÓN de AMONESTACIÓN que le fuere impuesta al adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY; venezolano, natural de Caracas, de trece (13) años de edad, nacido en fecha 09-04-1996, titular de la cédula de identidad N° 25.795.723, de profesión estudiante, residenciado en la Urbanización Valle Arriba, calle 5 con avenida 7, casa N° 539, Araure, Estado Portuguesa, teléfono 0255-6646174, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENSIONALES DE CARÁCTER LEVE, previsto en el artículo 416 del Código Penal, cometido en perjuicio de ALEXSON LOENGER TOLEDO GUERRERO, en consecuencia se a.....