En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HA LUGAR EN DERECHO la pretensión de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, intentada por el abogado ELIAS JERONIMO MENDOZA ROYET, titular de la cedula de identidad No. V-9.478.154, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.485, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano CARLOS HUMBERTO RIOS LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 24.156.424. En consecuencia, se condena a la demandada a pagar al demandante la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) por concepto de honorarios de actuaciones judiciales causados en el asunto identificado con el alfanumérico Nº KP02-V-2010-003237 por motivo del juicio RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO .....