En atención a las anteriores consideraciones, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda de resarcimiento de daños materiales provenientes de Accidente de Tránsito, interpuesta por KATHERINE ALEXANDRA MIR VENTURA en contra de la sociedad mercantil y anónima SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A., ambos previamente identificados. Se condena a la parte demandada a pagar en favor de la actora la siguiente cantidad de dinero:
• Ocho Millones Cincuenta Mil Seiscientos Bolívares (Bs. 8.050.600,00) por concepto de los daños materiales causados al vehículo identificado en autos;
Y la correspondiente corrección monetaria a través del método indexatorio, que deberá ser elaborada por un solo experto nombrado por el Tribunal, en tanto en cuanto las partes no pudieren avenirse .....