DECISION
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda que por Aumento de OBLIGACION ALIMENTARIA ha incoado la ciudadana
SOLANGEL YAMILEX MARTINEZ MORALES, titular de la cédula de identidad N° 9.842.086, en contra del ciudadano RAMON ARTURO VARGAS, titular de la cédula de identidad N° 9.355.850, padre de su hijos, antes mencionados.-
En consecuencia, a partir de la presente fecha, queda el demandado obligado a suministrar a sus hijos, la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 320.000,oo) mensuales y el doble en los meses de septiembre y diciembre de cada año, es decir, SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 640.000,oo).-
Por cuanto se evidencia de autos que el monto que suministraba, era retenido directamente de la nómina del demandado y a los efectos de facilitar el pago de la obligación alimentaria; se ordena oficiar.....