Asimismo, en el escrito de solicitud, las partes mencionadas, establecieron las obligaciones con respecto a sus hijos, de la siguiente manera: PRIMERA: La patria potestad y la responsabilidad de crianza será ejercida por ambos padres y la custodia de la hija la seguirá ejerciendo la madre. SEGUNDO: En cuanto a la manutención, el padre suministrará. Cantidad de veintiséis unidades Tributarias con treinta y un centésimas unidades tributarias (26,31 UT) es decir, actualmente, DOS MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 2.000) los cuales serán depositados en la cuenta No. 0105 0298 51 1298042895 del a nombre de la ciudadana Noelia Arellano, y además el padre se obliga a pagar los gastos por concepto de medicinas, atención médica, gastos de ropa, colegio, incluyendo libros, cuadernos, transporte, uniformes y todos los enseres escolares que exijan los Institutos Educativos donde los hijos reciban educación escolar, media diversificada y Universitaria. TERCERO: En cuanto a la convivencia familiar, se e.....