PRIMERO: Con fundamento en el artículo 482 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal en relación con la sentencia vinculante Nº 387 de 01 de Junio de 2017 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se declara SIN LUGAR el trámite de la medida de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA en la presente causa, debiendo ordenarse la encarcelación de los penados ARCADIA ALEJANDRA AVILEZ PICÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.297.931 y KENNY ANTONIO SOTO TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.892.298 en el Internado Judicial de Barinas y Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales respectivamente, a los fines del cumplimiento de la pena de CINCO AÑOS Y CUATRO MESES DE PRISIÒN, a la cual fueron condenados por sentencia definitivamente firme dictada en fecha 16 de Marzo de 2016 por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 de este mismo Circuito Judicial Penal por haber admitido los hechos en la comisión del de.....