DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, de conformidad con los artículos 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación al artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: DE OFICIO MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA ESPECIAL DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROPRODUCTIVA, que se desarrolla sobre el lote de terreno denominado "FINCA PALO BLANCO", ubicado en el sector Los Chinos, del Municipio Turén del estado Portuguesa, cuyos linderos particulares son: NORTE: Caño Paricua y T.O Vicente Zapata y Natalino, SUR: Caño Paricua y T.O ejidos; ESTE: Caño Paricua y T.O San Marino II; y OESTE: T.O ejidos y T.O. Ortega; constante de una extensión de doscientas cincuenta y dos con cuarenta y un hectáreas (252,41 HAS); por .....