Por lo expuesto, es evidente que el único apoderado obligado a actuar en el presente juicio para representar a la ciudadana ESMERALDA SAAVEDRA, era el abogado ALBERT PRIETO, quien fue el que constantemente suscribía las actuaciones de la misma, como se desprende de los autos, al cual se le determinó en el punto anterior una causa de fuerza mayor que lo imposibilitó a comparecer a la audiencia de juicio.
En consecuencia, se declara con lugar el recurso de apelación y se revoca la sentencia dictada por el Juez de Primera Instancia en fecha 16 de junio de 2014; y se repone la causa al estado de fijar nuevamente audiencia de juicio, a tenor del Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, con la presencia de las partes, sin necesidad de notificación alguna, por cuanto se encuentran a Derecho. Así se decide.