DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
ÚNICO: Declara CON LUGAR la solicitud formulada por el Ciudadano Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y, por consiguiente, con fundamento en el aparte segundo del artículo 236, Parágrafo Primero del artículo 237 y numeral 2º del artículo 238, todos del Código Orgánico Procesal Penal RATIFICA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada mediante auto de fecha 08 de Enero de 2013 por este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 en contra de la ciudadana: NATALY KARINA OCHOA PÉREZ, de Nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-14.332.139, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacida en fecha 05 de Juni.....