DECISIÓN
En consecuencia, por cuanto la mencionada sentencia no contiene declaraciones ni disposiciones contrarias al orden público ni al derecho público venezolano ni a las buenas costumbres, este Juzgado Superior Primero Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en el Art. 53 de la Ley de Derecho Internacional Privado, concede FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de CONVENIO REGULADOR DE MODIFICACIONES DE MEDIDAS MUTUO ACUERDO de fecha 09/11/2006, expedida por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N° DIEZ A CORUÑA, en fecha 16-03-2007 bajo el Nº 1328/06-M, que Modificó la sentencia que disolvió el vínculo conyugal que existió entre el ciudadano Sergio Serna Rueda y la ciudadana Ninoska Míguez Sampayo, en fecha 04 de septiembre de 2006, que fue contraído en Barquisimeto, en fecha el 03 de marzo de 1993, por ante el Juez del Segundo Municipio Urbano del estado Lara, se.....