DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Apelación con efecto suspensivo interpuesto por el Abogado PEDRO DAZA en su condición de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Segundo Circuito; SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el referido recurso; TERCERO: Se REVOCA la decisión dictada en fecha 28 de mayo de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 02, de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, calificándose la detención de los ciudadanos JUAN CARLOS PÉREZ MARÍN, GEAN CARLOS MÁRQUEZ, JOSÉ BERNARDO PÉREZ MARÍN y ALEXO RAFAEL ALVARADO en situación de flagrancia, acogiéndose la precalificación jurídica de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.....