este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (UNIPERSONAL) en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: ANGEL EDECIO USECHE MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 9.079.317, residenciado en la avenida 33 entre calles 35 y 36, casa N° 35-50 del Barrio Colombia de la ciudad de Acarigua del estado Portuguesa, por la comisión del delito de ENCUBRIMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 254 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.