En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la revisión de medida solicitada por la defensa publica a favor del ciudadano LUIS SUAREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Palma Redonda Estado Portuguesa, nacido en fecha 13/10/1942 de 70 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Agricultor, residenciado en el Sector Tucuraguas 02, en la Parcela Jabilla del Municipio San Rafael de Onoto Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° 6.647.110, en la causa seguida por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, por la medida de ARRESTO DOMICILIARIO, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 ordinal 1° eiusdem