DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JOSÉ ÁNGEL AÑEZ, ASDRÚBAL ROMERO SILVA y DOUGLAS JAVIER PANZA, en su condición de Defensores Privados de los imputados LÁZARO PERNÍA GARCÍA, BRAULIO JOSÉ SANTIAGO y YUSMARY MEJÍAS HERRERA; SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada y publicada en fecha 12 de septiembre de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 01, de este Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare; mediante la cual se le imputa a los ciudadanos BRAULIO JOSÉ SANTIAGO y YUSMARY MEJÍAS HERRERA la presunta comisión de los delitos de COMERCIO ILÍCITO DE MATERIALES ESTRATÉGICOS, pre.....