Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos: SARIBEL REGINA MUÑOZ GUDIÑO Y LUIS ENRIQUE MENDOZA LEAL ambos venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.882.338 y V-18.906.486, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 18 de Diciembre de 2.015, expediente N° 151085, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, DISUELTO el vínculo conyugal por ellos contraído por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare, Estado Portuguesa, en fecha treinta (30) de Noviembre de dos mil t.....