D E C I S I O N:
Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la ciudadana: MIREYA JOSEFINA HERRERA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.543.084, domiciliada en la urbanización La Gomera I, calle 5 casa N° 73, Municipio Páez Estado Portuguesa; debidamente asistida en este acto por la Abogada en ejercicio: NORYS YUBIRIS DEPOOL FONSECA, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 159.1016; de conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 d.....