DISPOSITIVA:
En fuerza de las motivaciones de hecho y de derecho que preceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
1) CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO incoada por la ciudadana, CARMEN VICTORIA GALARRAGA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.715.454, soltera, civilmente hábil, domiciliada en Boconoito Municipio San Genaro del Estado Portuguesa, incoada en contra de la ciudadana MARIA AUXILIADORA DIAZ AVILA, venezolana , mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.597.543 domiciliada en la Avenida Intercomunal Urbanización la Rinconada 2, edificio 16, piso 1, apartamento 3, coche Caracas Municipio Libertador Distrito Capital correo electrónico doradiaz@gmail.com, .....