DISPOSITIVA
Por las razones anteriores, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ANULA DE OFICIO de conformidad con los artículos 157, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión dictada en fecha 5 de agosto de 2025 y publicada en fecha 9 de agosto de 2025, por el Tribunal de Primera Instancia (Municipal) en Funciones de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal, extensión Acarigua, en la causa penal Nº CM1-P-2025-000234, con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar; y SEGUNDO: se REPONE la presente causa penal al estado en que se celebre una nueva audiencia preliminar, ante un Juez o Jueza de Control (Municipal) de este Circuito Judicial Penal, extensión Acarigua distinto al que pronunció el fallo anulado.-
Publíquese, regístrese, diarícese,.....