DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle al ciudadano: PEÑA PARRA DANNY RAMON, antes Identificado, el derecho de propiedad y posesión, sobre las bienhechurias determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Se provea del respectivo TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechuria edificadas dentro del referido lote de terreno.
Así mismo se deja constancia que la solicitante no presento la autorización de la Alcaldía del Municipio Araure del Estado Portuguesa -Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.-