D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado NIL MARCANO AGUILERA, apoderado judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el 17 de enero de 2011, que declaró Sin Lugar la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO conforme al artículo 1169 del Código Civil vigente, por encontrarse PRESCRITA la acción intentada, con fundamento en el articulo 1977 ejusdem, por la ciudadana EDEIMA DIANORA GARCÍA, contra el ciudadano ARNALDO COROMOTO ARRIAGA CASTRO, ambos identificados en la parte superior de esta sentencia.
Se RATIFICA la condena en costas proferida por el a-quo y se condena a la parte perdidosa en esta instancia a dichas costas proces.....