En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PERIMIDA, la presente demanda por INDENNIZACIÓN DE DAÑOS MATERIALES, incoada por el ciudadano VICTOR RAFAEL TERAN, contra la ESTACIÓN DE SERVICIOS LA ESPIGA, y sus propietarios, ciudadanos CARMINE ROMEO VITALE; RAFAELA MOLINARI DE ROMEO; ELISABETTA ROMEO DE SERA Y MARISA ROMEO MOLINARI , antes identificados, de conformidad con el Artículo 267 ordinal 1º en concordancia con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Acarigua, a los Seis .....