En mérito de las consideraciones procedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República y por la autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación intentada en fecha 01 de Agosto de 2024, por el abogado Pedro León Daza Freitez, inscrito en el Inpreabogado N° 86.478, contra la sentencia de fecha 25 de julio de 2024, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: NULA LA SENTENCIA DEFINITIVA dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 25 de julio de 2024, mediante la cual declaró procedente el concubinato.
TERCERO: NULAS todas las actuaciones del cuaderno de fraude procesal y de tercería.
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