DISPOSITIVA
Visto lo anterior, este Tribunal de Control Nº 02 ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION de conformidad con el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, presentada por la Abogado María Gabriela Mago , en su carácter de Fiscal del Ministerio Público y la Fiscal Auxiliar Dra. Teresa De Jesús Rivero. ORDENANDOSE en consecuencia el ENJUICIAMIENTO de los adolescentes(IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA), suficientemente identificados, por la presunta comisión de delitos CONTRA LA PROPIEDAD y CONTRA LAS PERSONAS, específicamente los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DEW FRUSTRACION y LESIONES INTENCIONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, previstos en los artículos 458 en relación con el artículo 80 segundo aparte y 413, todos del Código Penal.
Dado, firmado y sellado por ante la Sala de Audiencias del Tribunal de Control Nº 2 de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Acarigua Estado Portuguesa a los Seis (06) días del mes de Ma.....