DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA DETENCION PARA ASEGURAR LA COMPARECENCIA DEL IMPUTADO A LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR de conformidad con lo establecido en el Artículo 559 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado. Segundo: Se acuerda la continuación de las investigaciones bajo la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Tercero: Se acoge a la calificación del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, EN GRADO DE COAUTORIA, (por haberse cometido con alevosía y por motivos fútiles e innobles), previsto en el artículo 406, numeral 1 en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Pena.....