este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por PARTICION DE COMUNIDAD, instaurada por la ciudadana DARYL DEL CARMEN RODRIGUEZ GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.172.456, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ZALG ABI HASSAN, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nro. 20.585 contra, la ciudadana DALIA YNMACULADA SOTO DE QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.330.038, así como también, contra el ciudadano LUIS EDUARDO QUINTERO ARROYO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- V-4.772.543, litisconsorte pasivo.
SEGUNDO: Por lo que se ordena la partición correspondiéndole un Cincuenta por Ciento (50%) a la ciudadana DARYL DEL CARMEN RODRIGUEZ GUZMAN .....